Un acta contravencional y una multa que asciende a $25.000 fue la condena que recibió el organizador de una “fiesta privada” de Fin de Año/Año Nuevo en la vecina ciudad de Gonzales Chaves.
Las infracciones a la ley 11.825 y al decreto 12/05 se cosntataron el 1 de enero de 2018 y la confirmación de la sentencia de primer término la dictó la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca.
Mauro Julio González Fesler fue el organizador y quien terminó siendo condenado pese a los argumentos de su apelación, que pretendía anular la causa por la ausencia de su abogado en algunas declaraciones testimoniales.
Los camaristas desestimaron el planteo que aseguraba que la reunión en la vivienda de las calles Mar del Plata e Ituzaingó era “familiar y con amigos”.
En el acta se dejó constancia que la fiesta “ha sido organizada y promocionada a través de las redes sociales, con la venta de pulseras a un valor de pesos 300”. También incluía el expendio de alcohol en la modalidad de canilla libre, con la entrega de vasos con vodka, fernet y cerveza.
Los inspectores, además, determinaron que en esa ocasión se habían contratados “baños químicos y personal de seguridad”, mientras que “las luces y la música” habrían sido aportadas por un DJ de la ciudad de Tres Arroyos, conocido por el seudónimo de “El Chori”.
Pese a que González Fesler insistió con que no hubo “un fin comercial” en el encuentro, no ofreció prueba a su favor y el resto de los elementos fueron en sentido contrario a sus intereses.
Otro testimonio -que según la justicia “refuerza la convicción del carácter comercial del evento realizado”- fue el de Sandra Elisabet Santillan, una mujer que ratificó que el hombre le alquiló, para la noche del 31 de diciembre de 2017, tres baños químicos.
El fallo judicial de la Justicia de Bahía Blanca conocido en las últimas horas aparece como precedente en tiempos que se aproximan este tipo de festejos.
Fuente: La Nueva Provincia.

















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