Desde la hora 0 de este viernes rige en nuestra cuidad y el país la cuarentena obligatoria que decretó el Gobierno Nacional, para prevenir la expansión del coronavirus.
En Laprida, como a nivel nacional, se extenderá hasta el 31 de marzo a las 24 horas, habiendo una serie de actividades que por su carácter esencial, no estarán afectadas.
Esta mañana, desde el Municipio se informaron cuáles serán las 22 áreas, servicios y comercios, que seguirán funcionando durante la cuarentena en nuestra ciudad, aclarando que la situación “es dinámica”; y podrá modificarse en las próximas horas.
En Laprida, las excepciones a la cuarentena total son las siguientes áreas:
1) Personal de Salud, fuerzas de Seguridad y bomberos.
2) Autoridades superiores del Gobierno Municipal. Trabajadores del sector público municipal, convocados para garantizar actividades escenciales (salud, seguridad, asistencia social y servicios públicos).
3) Personal de los servicios de justicia que estén de turno (Juzgado de Paz).
4) Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, niños o adolescentes.
5) Personas que deban atender una situación de fuerza mayor (deberá ser justificada)
6) Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. No se autorizan actividades que significan reuniones de personas.
7) Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
8) Personal que se desempeña en servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
9) Personal afectado a obra pública.
10) Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
11) Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
12) Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
13) Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
14) Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
15) Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
16) Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y gas licuado de petróleo.
17) Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
18) Servicios de lavandería.
19) Servicios postales y de distribución de paquetería.
20) Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
21) Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
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