El Gobierno dio a conocer el decreto que amplía el listado de sectores exceptuados de la cuarentena obligatoria, donde incluyó a la actividad bancaria “con turnos”, las personas con discapacidad y los talleres mecánicos para reparación de vehículos afectados a las tareas esenciales, entre otras.
El decreto establece que se permitirá la “actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos” y el Banco Central fijará “los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horarios de atención”.
Por otra parte, como había anunciado el presidente Alberto Fernández, desde este lunes se permitirá la “circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia” acompañadas por un familiar.
Ambas personas deberán portar DNI y “el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas”, según precisó el decreto.

También se permitirán las prestaciones profesionales a domicilio “destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista”.
Los talleres mecánicos estarán habilitados “exclusivamente para transporte público, vehículos de fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular”.
Se autoriza también la “venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta” y la fabricación venta y reparación de neumáticos exclusivamente para los vehículos afectados a las actividades esenciales.
Por último, el decreto incluyó la “venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio” pero “en ningún caso se podrá realizar atención al público”.












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