Tal cual se anticipaba, el Gobierno Nacional autorizó este viernes la vuelta de colectivos de larga y media distancia en todo el país, mediante la Resolución 222/2020, que fue publicada en el Boletín Oficial.
Según lo establecido, en esta primera etapa, los colectivos podrán trasladar “únicamente a trabajadores esenciales de las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Además, se deberá reducir la capacidad de pasajeros y prever una venta no presencial de los pasajes.
Los pasajeros que pretendan usar los servicios deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación o exhibir la aplicación Cuidar en su teléfono
Antes que todo, cada empresa deberá gestionar la conformidad de los gobernadores y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para retomar su circulación.

Entre otras cosas, el protocolo autorizado a nivel país, establece que los coches “semi cama” podrán trasladar hasta 37 personas, los de categoría “cama ejecutivo” hasta 26, y los “cama suite” hasta 18. Esto será, para extremar las medidas de distanciamiento social en las unidades.
Quienes podrán compartir los asientos dobles serán grupos familiares o convivientes. Asimismo, se fijaron límites para la frecuencia de viajes y las empresas no podrán superar los que registraban hasta antes de la pandemia.
Con la resolución, el Ministerio de Transporte dejó sin efecto la prohibición que regía desde marzo con el arribo del coronavirus. En principio, se aclaró que los viajes serán para personal exceptuado, y cuando baje la circulación del virus, se extenderán al resto de la población.








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