Por la emergencia ante la pandemia del Covid-19, el Municipio de Olavarría resolvió “un nuevo ordenamiento de abastecimiento” para los vecinos del partido que regirá desde el lunes.
Mediante el Decreto N° 1060/20, se estableció que “las personas cuyos DNI y/o pasaportes finalizados en números pares (0, 2, 4, 6 y 8) deberán asistir a los comercios habilitados y exceptuados del aislamiento social preventivo y obligatorio los días lunes, miércoles y viernes“.
En tanto que “las personas cuyo DNI y/o pasaporte finalicen en números impares (1, 3, 5, 7 y 9) deberán concurrir a los comercios los días martes, jueves y sábados“. Los domingos no regirá el cronograma.

La normativa establece también que “todas las personas que no cumplan con esta nueva disposición será sancionados con una multa de 4 a 6 mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia”.
Además, los comercios que incumplan la norma “recibirán una multa de 10 mil a 12 mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia”, y con clausura si se reiteran incumplimientos.
Según informó la comuna que conduce Ezequiel Galli, estas medidas se tomaron porque “por la ampliación de actividades exceptuadas se ha verificado una mayor circulación de personas en la vía pública”.
Una resolución similiar había tomado el mes pasado el Municipio de General La Madrid.
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